Como
estaba previsto, el jueves 26 de abril se desarrollo la Asamblea en
TMK, con la participación de unos 30 trabajadores.
En
la apertura de la misma nuestro compañero y delegado Gustavo Bruzos paso
revista a numerosos asuntos, entre ellos:
ELECCIONES: el mes entrante se
estarán desarrollando nuevamente elecciones para elegir a los compañeros que,
en su carácter de delegados, nos representaran a todos los trabajadores y
trabajadoras de ESPN ante la empresa; en este nuevo ciclo la lista Azul y
Blanca incorporara a un nuevo compañero ante la desafección de Sebastian
Menasse, quien ya cumplió dos mandatos seguidos y al que saludamos desde este
espacio. Si bien la fecha exacta no está aun definida, calculamos se realizara a
mediados de mayo.
CAMPAÑA DE
AFILIACION:
La Comisión Interna está desarrollando la campaña de afiliación al
Sindicato, materia de suma importancia
para fortalecer la organización de los trabajadores, es por eso que invitamos a
todos aquellos que no se encuentren afiliados a la fecha, a hacerlo.
AUMENTO DE VIATICOS
Y TARJETA FALABELLA:
Los
viáticos serán incrementados, según convenio un 48%, mientras que la ropa
(tarjeta Falabella y también según convenio) recibirá la actualización de la CAT
12 de la última paritaria, un 33% por sobre el último monto
Luego
de informar esto, Gustavo nos puso al tanto de dos negociaciones puntuales que
se están desarrollando en estos momentos: las RECATEGORIZACIONES y la lista del
personal que viajara a los JUEGOS OLIMPICOS.
Respecto
a las recategorizaciones, a raíz de la ausencia temporal del responsable de RRHH
de ESPN SUR por motivos de salud, a quien le deseamos una pronta recuperación, se produjo un impasse en la negociación que está
siendo retomada en estos momentos con el señor Jorge Piñero, por lo que
esperamos tener novedades cuanto antes, ya que es algo que ya se había acordado
resolver.
En
relación a la lista del personal que viajara a los juegos olímpicos, se dejo constancia
que bajo ningún punto de vista esta Comisión Interna intenta elegir a quienes
afectara o no, sino que efectivamente, el interés reside en que los compañeros
que viajen, no realicen tareas que no están en su categoría, protegiendo de
esta forma sus derechos y defendiendo la fuente de trabajo de los compañeros
que deberían estar afectados a esas
funciones.
Una
vez informado de esto, se abrió el espacio para que los compañeros participaran
y plantearan diferentes consultas…
Entre
algunas de las situaciones que se mencionaron, estuvo EL PAGO DE HORAS EXTRAS que en muchos sectores no se estaba efectuando, motivo de descontento, más
que entendible, de todos los compañeros y compañeras que están sufriéndolo; simultáneamente,
el pedido de la Empresa para que Producción cumpla con el horario normal de
trabajo, haya o no tareas que realizar, obliga a exigir el pago de las horas
que excedan el horario convenido, ya que hasta el momento se realizaba de hecho
una especie de compensación, algunos días se trabajaban más horas, pero otros
días menos…
Independientemente
de los arreglos particulares que se realicen, las horas extras deben ser
abonadas a todos los que las realizan, es un derecho adquirido por los
trabajadores y el cual hay que hacer respetar.
En medio de esto y casi como a colación,
surgió de parte de los compañeros la duda acerca de si los domingos se
debían pagar como hora extra o no, y en ese caso, presentar un reclamo a la
empresa para que cumpla con lo convenido.
Según
el CCT 131/75, los días Sábados y Domingos son parte del horario normal de
trabajo, por lo que no tienen un plus especial, lo que pudo haber traído algo
de confusión, es que a diferencia de los días de semana, los Sábados (después
de las 13:00 hs.) y Domingos, la hora extra se paga al 100%, en vez de al 50%.
(Art. 140 inciso D y E), el cual adjuntamos al final de este documento... (Aquí el convenio completo http://www.satsaid.org.ar/Inicio/cc_0131-1975.pdf
)
A
modo de cierre, se menciono la necesidad de una mejor difusión del convenio que
nos afecta, ya que entendemos que buena parte de los trabajadores y
trabajadoras del canal no tienen
conocimiento efectivo de sus derechos y obligaciones.
Por
último, invitamos a participar a todos/as y en el mes de mayo, vamos todos con
la Azul Y Blanca!!!
Se
agradece difundir.
Saludamos
fraternalmente
La
Comisión Interna
Anexo
ARTICULO 140:
RETRIBUCIÓN POR HORAS EXTRAS:
d) HORAS EXTRAS
REALIZADAS EN DÍAS
FRANCOS; FERIADOS NACIONALES,
LOCALES,
PROVINCIALES Y TERRITORIALES; NO LABORABLES PAGOS
ESTIPULADOS POR EL
PRESENTE
CONVENIO;
SÁBADOS Y DOMINGOS
PARA EL PERSONAL
CON UN HORARIO
DE
TRABAJO DE
7:30 HS. DIARIAS: el
valor de estas
horas se obtendrá
multiplicando la
remuneración hora por el factor 2
(100% de incremento)
Ejemplo: (para una remuneración hora de $100.-)
$100.- X 2= $200.-
Horario de 8 a 18:30 hs.
Son: 3 horas extras a “200: c/u = $600.- (aparte de la
remuneración mensual)
e) HORAS EXTRAS
REALIZADAS EN DÍAS
FRANCOS; FERIADOS NACIONALES,
LOCALES,
PROVINCIALES Y TERRITORIALES; NO LABORABLES PAGOS
ESTIPULADOS POR EL
PRESENTE
CONVENIO; SÁBADOS (después de las 13 hs.) Y DOMINGOS PARA EL
PERSONAL
CON UN HORARIO
DE TRABAJO DE
6 HORAS DIARIAS:
el valor de
estas horas se
obtener
multiplicando la remuneración hora
por el factor 2 (100% de incremento)
Ejemplo: (para una remuneración hora de 5100.-)
$100.- X 2 = $200:
Horario de 8 a 17
Son: 3 horas extras a $200: c/u = $600.- (aparte de la
remuneración mensual)
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